La sala mayor del Tribunal de Apelaciones de Berlín da cabida en la
mañana del día 10 de junio a cerca de 50 espectadores, venidos para
escuchar la sentencia sobre el recurso planteado por la FAU de Berlín
contra la orden cautelar que le prohíbe denominarse a sí misma
sindicato. Transcurridos tan sólo 15 minutos queda pronunciada la
sentencia, y cerrado el caso:  la orden cautelar se declara suspendida,
la prohibición de facto está anulada. Los asistentes irrumpen en
aplausos.

http://www.iwa-ait.org/?q=es/node/46

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La sala mayor del Tribunal de Apelaciones de Berlín da cabida en la
mañana del día 10 de junio a cerca de 50 espectadores, venidos para
escuchar la sentencia sobre el recurso planteado por la FAU de Berlín
contra la orden cautelar que le prohíbe denominarse a sí misma
sindicato. Transcurridos tan sólo 15 minutos queda pronunciada la
sentencia, y cerrado el caso:  la orden cautelar se declara suspendida,
la prohibición de facto está anulada. Los asistentes irrumpen en
aplausos.

El tribunal fundamenta su sentencia contrariando explícitamente la
argumentación de la parte contraria. La gerencia del cine berlinés
Babylon Mitte, cuya plantilla, respaldada por la FAU de Berlín, se le
enfrenta desde hace un año en un activo conflicto laboral, sostenía que
la FAU berlinesa no puede denominarse sindicato, al no tener la
representatividad suficiente para firmar convenios colectivos. Se
apoyaban para ello en una sentencia reciente del Tribunal Laboral de
Berlín, que prohibía a la FAU -también por orden cautelar- convocar a
un boicot del cine, considerando que el sindicato no tenía derecho a
firmar convenios según la legislación vigente.

La Audiencia Regional, en primera instancia, ratificó también con
dichos argumentos la prohibición para la FAU de autodenominarse
sindicato. Para la FAU de Berlín la situación implicaba no sólo
procesos judiciales costosos, sino perjuicios concretos para la
organización: la condición de ser un sindicato conlleva diversos
derechos, a los que según las sentencias la FAU ya no podía acogerse.
Y no solamente en el cine Babylon Mitte, sino en todos los conflictos
laborales que el sindicato impulsa para defender a sus afiliados.

Pero el Tribunal de Apelaciones dictamina ahora en segunda instancia
que no existen criterios fácticos objetivos que condicionen el derecho
a utilizar el nombre de “sindicato“. Si la parte contraria considera
que la representatividad para convenios es un condicionante, se trata
de su versión particular del derecho. Sin embargo, la libertad de
expresión permite a cualquiera llamarse como lo desee. Por otro lado,
el Tribunal no considera probado el motivo de la orden cautelar. La
gerencia del cine afirmaba sufrir un perjuicio económico por el hecho
de que la organización, con la que rehúsa todo trato, se autodenomine
sindicato. Una afirmación demasiado endeble para justificar una orden
cautelar, según el Tribunal.

La celebración

Tras el proceso, los espectadores celebraron espontáneamente la
sentencia favorable ante el edificio de los tribunales. El observador
Héctor Feliciano, de la CNT-IAA española, y André de la CNT francesa,
felicitaron a la FAU de Berlín por su victoria jurídica. “Pero un sindicato es algo más que un papel, es algo que existe en nuestros corazones, en nuestra cabeza, en nuestra acción”,
dijo a los asistentes Laure Akai, del sindicato polaco ZSP. El abogado
Klaus Stähle, que  ha defendido a la FAU de Berlín contra la
prohibición de usar el nombre de sindicato, declaró lo que esta
sentencia significa para el Tribunal: “El cine Babylon Mitte tendrá que soportar que seáis un sindicato
A continuación se formó una manifestación espontánea hasta la puerta
del cine, que saludó al gerente Timothy Grossman desde la calle con el
eslogan “FAU-IAA, sindicato que aquí está

El 10 de junio ha sido una fecha favorable a los derechos de los
trabajadores, pues simultáneamente el Tribunal Laboral Federal juzgaba
en Erfurt el caso “Emmely”. A las 18h hubo un acto conjunto con el
Comité de Apoyo a  Emmely, ante una filial de la cadena Kaiser’s en
Berlín. Su proceso también acabó en una victoria (en la mayor parte de
los puntos); un doble motivo de alegría para ambos grupos, que se han
apoyado mutuamente a lo largo de sus respectivas luchas legales.

Por la tarde los invitados internacionales realizaron en el local de
la FAU una mesa redonda en torno al tema de la libertad sindical. Se
llegó a la conclusión de que, a pesar de diferencias históricas
notables entre los diversos países, en el contexto de la crisis los
gobiernos de Polonia, Francia, España y Alemania tienen de momento
planes parecidos: en conjunto, se observa la intención de favorecer con
diversas medidas y de diferentes maneras a los sindicatos centralistas,
como estabilizadores del orden, mientras que se pretenden obstaculizar
las posibilidades de acción de los sindicatos más combativos. La misión
del movimiento sindical europeo libre debe consistir en oponerse a
estos planes y fortalecer la capacidad de actuación directa de los
trabajadores en las empresas.

Movimiento en las estructuras sindicales

La importancia de esta sentencia trasciende claramente el caso del
cine Babylon Mitte. Las rígidas estructuras sindicales alemanas, y la
potenciación de la posición monopolística del sindicato único, no dejan
espacio para pequeños sindicatos de base. Era previsible una oposición
rabiosa si alguien se atrevía a cuestionar seriamente ese marco. Por
ello, la prohibición de facto a la FAU de Berlín suponía un peligroso
precedente y un ataque a la libertad sindical en general.

La jornada procesal fue acompañada por abundantes muestras de apoyo
internacional. En Philadelphia y Amsterdam se realizaron mítines ante
los consulados alemanes, simultáneos con el proceso. Unos días antes,
manifestantes lituanos gritaban ante la embajada alemana de Vilnius: “Esta
prohibición perjudica a los trabajadores de Alemania, y no vamos a
dejarlos solos. Es un método capitalista para doblegar conflictos
laborales en plena crisis.
” En las semanas previas al juicio llegaron a la FAU saludos solidarios de numerosos países, para animar la lucha de Berlín.

Para la FAU de Berlín, esta sentencia pone fin a una fase de
intensos esfuerzos. El sindicato agradece el fuerte apoyo recibido,
p.ej. a través de la labor del Comité de Solidaridad con la Libertad
Sindical, que recogió incontables firmas contra la prohibición. También
fue alentadora la ayuda económica canalizada a través de donativos,
puesto que -a diferencia del cine Babylon, cuya financiación es en
parte municipal- la FAU de Berlín no podía afrontar los costes de sus
procesos recurriendo a fondos públicos. Y agradece naturalmente las
numerosas cartas, acciones de protesta y mítines realizados a escala
internacional y por toda Alemania.

La sentencia no afecta a la de octubre de 2009, que prohibía
convocar a un boicot del cine, y la cuestión de la representatividad
para firmar convenios aún no está aclarada. Es decir, el conflicto
laboral del cine Babylon Mitte puede seguir provocando contraataques
jurídicos por parte de la empresa. En palabras de Lars Röhm, Secretario
de la FAU de Berlín: “Ahora podemos volver a llamarnos sindicato, pero desde luego habrá que seguir luchando por nuestros derechos sindicales.

No faltarán oportunidades para ello, pues la cifra de afiliados a la
FAU de Berlín se encuentra en continuo aumento. Se están ya organizando
un puñado de secciones sindicales en diversos sectores, desde la
atención sanitaria hasta empresas de limpieza. Y también hay un cine
que sigue en la brecha.

FAU-AIT

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Categories: Confederal

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