Me preguntan a menudo si “me pueden despedir o no” en el actual contexto. Voy a intentar explicarlo de la forma más sencilla posible para que lo pueda entender el máximo de gente posible. Pero para el que no lo quiera leer: SÍ, te pueden despedir. Vamos a ello 👇👇

En el sistema laboral español el empresario SIEMPRE que le apetezca puede despedir. Siempre funciona igual: el empresario despide, y luego es el trabajador el que tiene que reclamar en un Juzgado de lo Social.

Por eso, cuando vulgarmente decimos que “no nos pueden despedir”, no nos referimos a que la empresa no pueda despedir, sino que si se despide y el trabajador reclama y gana, el juez/a obligará a la empresa a que te reincorporen pagándote lo que hayas dejado de cobrar.

Por lo tanto la primera conclusión es que siempre nos pueden despedir; ahora bien, las consecuencias del despido pueden ser tales que la empresa se vea obligada a readmitirte, y a pagarte esos salarios sin trabajarlo. Es lo que llamamos nulidad del despido.

Por desgracia, la nulidad está solo reservada a situaciones muy especiales y tasadas por la ley: por ejemplo, mujeres embarazadas, trabajadores que hayan hecho actividad sindical, trabajadoras con reducción de jornada por cuidado de hijos, etc…

Fuera de estos casos excepcionales (hay alguno más), cuando un despido es ilegal, lo normal es que el juez lo declare improcedente. Y desde la última reforma laboral del PP, la improcedencia equivale únicamente a una indemnización bastante baja (33 días por año trabajado) y no disuasoria.

¿Por qué está siendo un fracaso las proclamas del Gobierno de que “han prohibido el despido”? Porque lo único que han hecho es evitar que se pueda despedir objetivamente, es decir, más barato, debido al Covid-19. Pero es evidente, se sigue despidiendo.

En números: evitan que te despidan a 20 días por año trabajado, pero no han puesto ninguna protección a que lo hagan pagando 33 días por año trabajado. Prácticamente ningún juez está comprando la idea de que la “prohibición de despidos” signifique su nulidad.

Por ello, cuando un empresario decide despedir a sus trabajadores, lo primero que hace son las cuentas de cuánto le va a costar. De ahí que tengan mucho miedo a las nulidades: les sale caro y además no consiguen deshacerse del trabajador.

Pero llevamos ya casi una década de la Reforma Laboral del PP, y lo que ha demostrado es que el pago de 33 días por año trabajado no es disuasorio para las empresas. Despiden sin motivo alguno (o mera conveniencia económica), pagan y se quedan tan anchos.

Dicho de otro modo, el despido ilegal es muy barato para las empresas. Eso sí, hay un elemento que sí que está evitando despidos, y es la obligación de mantener el empleo durante 6 meses después del ERTE. Me lo cuentan muchos trabajadores, que sus jefes se lo dicen abiertamente:

Tienen la fecha apuntada en el calendario para cumplir con los 6 meses y despedir a mansalva. Y el problema es que esos 6 meses empiezan a contar desde la primera desafección. Por eso, del mismo modo q el empresario mira cuanto le va a costar el despido, tb lo hace en Seguridad Social.

En definitiva, si algo está evitando despidos son las cuotas que el Gobierno ha perdonado a las empresas en ERTE. Pero esta protección tiene los días contados, y los próximos meses habrán muchos despidos, porque le volverá a salir igual de barato que siempre.

Acabo; la típica pregunta que me hacen: “¿Y qué puedo hacer para que no me despidan?”. Yo lo tengo claro; organizarte con tus compañeros y meter caña sindical activa. De este modo, ante cualquier despido ilegal la respuesta judicial será la nulidad.

Y no se me malentienda; el sindicalismo sirve para defender nuestros derechos y los de nuestros compañeros, y no para estar protegidos. Pero una cosa lleva a la otra y la otra a la una.

Article de: Legales sin fronteras (Cooperativa d’advocats laboralistes)
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Premsa

Secretaria de Premsa del Sindicat d'oficis varis de Cornellà i Comarca. C/ Florida, 40 Cornellà de Llobregat (Bcn), prop de les estaciones de metro L5 de Gavarra i Cornellà Centre. Rodalies Renfe de Cornellà i Trambaix.

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